Alimentos de hijos · Código Civil y Procesal de tu estado · LFT · CNPCF

¿El padre o la madre no aporta?
La pensión de tu hijo se puede pedir y asegurar.

Responde unas preguntas —quién tiene la guarda, si hay algo ya fijado, cómo gana el obligado— y recibe un análisis con la ley de tu estado: quién puede pedir, por dónde, cómo se asegura desde el primer día y qué pasa si no pagan.

Empezar es gratisSin registroDatos en tu dispositivoCDMX, Edomex, NL, Gto, Jal, Tamps
Ejemplo de resultadoOrientación, no asesoría
Lo que el análisis devuelve
Quién puede pedir · CC localafirmado
Pensión provisional · CPC localal admitir
Descuento en nómina · LFT 110-Vafirmado
Monto · CC localmínimo legal / juez
Declarado: el monto lo fija el juez por proporcionalidad; sólo donde la ley marca un mínimo o un rango (Estado de México, Tamaulipas) la herramienta lo calcula. Lo demás no se inventa.

Cómo funciona

De «no me da para el niño» a una ruta con la ley de tu estado.

Los alimentos de los hijos son derecho estatal en lo sustantivo y procesal, con piezas nacionales (descuento en nómina de la Ley Federal del Trabajo, Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias). El motor las ordena.

01

Tu papel y tu estado

Si pides la pensión o te la piden, y en qué estado vive cada quien.

Define legitimación, competencia y la ley que aplica.
02

Qué hay ya

Nada, una demanda notificada, un divorcio en curso, una pensión fijada o un juicio abierto.

Cada situación abre una ruta distinta.
03

El hijo y el obligado

Edad y estudios del hijo; si el obligado tiene nómina, trabaja por su cuenta o no sabes; si se le localiza.

De aquí salen la vigencia del derecho y cómo asegurar el pago.
04

Ruta, aseguramiento y cuánto

Quién puede pedir, por dónde, pensión provisional, descuento en nómina, deudor moroso y Registro, y lo que la ley acota del monto.

Violencia: se canaliza antes de analizar.

Quién puede pedir y por dónde

Tiene acción el propio hijo, quien ejerce la patria potestad o la custodia, el tutor y, en varios estados, la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes. Se pide ante el juez familiar o por convenio; si hay un divorcio en curso, ahí mismo.

Si el padre no ha reconocido al hijo, primero es la filiación: el motor lo detecta y te lo dice, sin afirmar una vía que todavía no existe.

Se asegura desde el primer día

En todos los estados de la primera ola el juez fija una pensión provisional al admitir la demanda y, si el obligado tiene nómina, ordena el descuento directo (Ley Federal del Trabajo, art. 110-V). En Guanajuato y el Estado de México, sin ingresos comprobables, la provisional no baja de una UMA diaria.

Quien incumple por un plazo (90 días en Jalisco y Ciudad de México; 60 días o dos meses en otros) entra al Registro de Deudores Alimentarios Morosos, con efectos sobre sus bienes y créditos.

Cuánto: lo que la ley acota y lo que decide el juez

La regla general es la proporcionalidad entre lo que puede dar el obligado y lo que necesita el hijo; los menores no tienen que probar su necesidad. El Estado de México fija un mínimo del 40 % del sueldo; Tamaulipas, una franja del 30 al 50 %. En los demás estados no hay porcentaje legal: la herramienta lo declara y no inventa uno.

Hasta cuándo

Hasta la mayoría de edad, y más allá si el hijo estudia (en Jalisco, hasta los 25 años) o tiene una discapacidad. Si ya es mayor y se mantiene solo, el derecho cesa: el motor te lo dice con el artículo de tu estado.

Lo que el sistema hace con estas reglas

No fija la pensión por el juez.

Acota lo que la ley de tu estado acota, asegura lo que se puede asegurar desde el primer día y declara lo que depende de un dato que falta.

Recibe los hechos→Resuelve el estado→Aplica la regla→Declara límites
Versión betaEsta herramienta está en fase beta y puede contener errores. Lo que aquí se explica es orientación general, no asesoría sobre tu caso, y no sustituye a una persona abogada. Lee el aviso completo.

La defensoría pública y la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes de tu estado pueden pedir la pensión sin costo; el motor te da la de tu estado.

Siguiente paso

Usa la guía para entender. Usa el sistema para organizar tu caso.

Revisar la pensión de mi hijo

Creado por Omnidata — Investigación y desarrollo del sistema. No somos abogados: esta guía cita la ley y no sustituye asesoría jurídica. Publicado el 14 de septiembre de 2026.