Tres vías, y no en todos los estados
El divorcio administrativo ante el Registro Civil existe cuando ambos quieren divorciarse, no hay hijos menores ni embarazo y no hay bienes que liquidar; en Jalisco y el Estado de México también puede tramitarse ante notario, y el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares lo prevé donde ya rige.
Cuando uno solo quiere el divorcio, basta su voluntad: es el divorcio sin causa. Guanajuato conserva causales además de la vía incausada. El motor te dice cuál te corresponde con el artículo de tu estado.
La compensación económica: un derecho que se pierde si no se pide
Quien se dedicó preponderantemente al hogar y a los hijos durante un matrimonio en separación de bienes puede pedir una compensación sobre los bienes que el otro adquirió: hasta el 50 % en Ciudad de México, Nuevo León, Guanajuato y Tamaulipas; hasta el 40 % en Jalisco; entre 40 y 50 % en el Estado de México.
No aplica en sociedad conyugal: ahí lo que corresponde es liquidar la sociedad. Y el monto exacto lo fija el juez dentro del tope: la herramienta te muestra el tope con tus bienes declarados, no una cifra definitiva.
Si ya te notificaron, el tiempo corre
Con una demanda notificada hay un plazo para contestar que depende del código procesal de tu estado (en Nuevo León, nueve días). Donde el plazo no está verificado, el motor no lo inventa: te dice que viene en el documento y que acudas hoy.
Oponerse al divorcio sin causa no lo detiene; lo que sí puedes hacer es plantear las cuestiones —hijos, alimentos, bienes, compensación— que de otro modo se resuelven sin ti.
Si hay violencia, primero tu seguridad
El motor no analiza el divorcio cuando relatas violencia: te canaliza a las instituciones de tu estado y a las líneas nacionales. Es una decisión deliberada: una orientación patrimonial no es lo urgente.