Cuántos meses tienen que pasar
- Jalisco y Ciudad de México: noventa días sin pagar.
- Nuevo León: sesenta días.
- Otros estados: dos meses, o cuatro pensiones sin pagar.
A partir de ahí se le puede inscribir en el registro de deudores de tu estado y en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Fuentes: CC Jalisco 440 · CC CDMX 309 · CC NL 309 BIS · CPC NL 1075 Bis · Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes 135 Bis.
Un ejemplo, para verlo claro
El papá del hijo de Adriana lleva cuatro meses sin pagar en Guadalajara.
Pasados los noventa días, Adriana puede pedir que lo inscriban como deudor. Si él quiere vender su casa, el notario ya no puede hacerlo sin permiso del juez.
En Monterrey habría bastado con sesenta días.
Qué le pasa a quien no paga
Depende del estado. Puede ser:
- que se anote la deuda en el papel de sus propiedades;
- que se avise al Colegio de Notarios, para que no pueda vender ni hipotecar sin permiso del juez;
- que se le nieguen ciertos trámites;
- en Nuevo León, aviso a migración para restringirle la salida del país después de sesenta días.
Cuando además es delito
Dejar a un hijo sin lo necesario es delito en los códigos penales.
Eso no lo analizamos aquí: te decimos cuál es la fiscalía de tu estado y ahí lo decides tú. Es una decisión que no nos toca tomar.