¿Hereda mi pareja si nunca nos casamos?

Puede heredar, sí. Pero tiene que cumplir los años de vida en común que pide tu estado, y tiene que poder probarlo. Sin prueba no hay herencia.

Cuántos años pide cada estado

  • Nuevo León y Tamaulipas: dos años viviendo juntos, o tener hijos en común. Los dos tienen que estar libres de matrimonio.
  • Guanajuato: cinco años, o tener hijos.
  • Jalisco: cinco años en el mismo domicilio, o tres si hay hijos en común. Con menos de tres años no hereda.
  • Ciudad de México y Estado de México: los años que pida su propio código.

Fuentes: CC NL 1532 · CC Tamps 2693 · CC Gto 2873 · CC Jal 2941 · CC CDMX 1635 · CC Edomex 6.170-6.172.

Un ejemplo, para verlo claro

Martha vivió catorce años con Jorge en Guadalajara. Nunca se casaron y no tuvieron hijos. Jorge murió sin testamento.

Martha sí hereda: en Jalisco bastan cinco años viviendo en el mismo domicilio.

Si hubieran vivido juntos sólo dos años, no heredaría nada. En Nuevo León, con esos mismos dos años, sí.

Cuánto le toca

En casi todos los estados, lo mismo que a un esposo o esposa.

Nuevo León tiene sus propias cuentas: si hay hijos de los dos, como un hijo más. Si hay hijos que no son suyos, la mitad de lo de un hijo. Con los papás del que murió, una cuarta parte. Con hermanos, una tercera parte. Si no queda nadie, la mitad, y la otra mitad al fisco.

Dos casos en los que no hereda

  • Si el que murió vivía con varias personas como pareja: en Jalisco y Nuevo León no hereda ninguna.
  • Si seguía casado con alguien más: la pareja no hereda por esta vía.

Lo que el sistema hace con esta regla

No convierte una posibilidad en una certeza.

Conserva el estado, los hechos y las fuentes utilizadas, y declara lo que no puede sostener.

Recibe los hechos→Resuelve el estado→Aplica la regla→Declara límites
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Siguiente paso

Usa la guía para entender. Usa el sistema para organizar tu caso.

Revisar la herencia

Creado por Omnidata — Investigación y desarrollo del sistema. No somos abogados: esta guía cita la ley y no sustituye asesoría jurídica. Publicado el 14 de septiembre de 2026.